Decreto 303/2014. Se aprueba el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo.

Decretos. Aprobación del Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo.
Emisor: Poder Ejecutivo Nacional
Publicación en el Boletín Oficial: 20/03/2014

Buenos Aires, 13/03/2014.
Visto el Expediente N° S01:0004040/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3066/OC-AR, propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3066/OC-AR, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del «Programa de Becas en Ciencia y Tecnología» por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICUATRO MILLONES (U$S 24.000.000).
Que el objetivo general del Programa es contribuir al aumento de la productividad de la economía a través del mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreas científicas y tecnológicas. Para lograr este objetivo, el Programa incluirá DOS (2) componentes con acciones e instrumentos para ayudar a que más profesionales argentinos se formen a nivel de postgrado en el exterior y un mayor número de empresas y de instituciones de ciencia y tecnología capaciten a sus recursos humanos en centros de excelencia internacionales.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán DOS (2) componentes: (i) «Becas para maestrías en ciencia y tecnología» y (ii) «Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología».
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO, denominada en adelante «Organismo Ejecutor».
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 3066/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 3066/OC-AR y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del «Programa de Becas en Ciencia y Tecnología», siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el Artículo 40 de la Ley N° 11672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias.
Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1: Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3066/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICUATRO MILLONES (U$S 24.000.000), destinado a financiar parcialmente el «Programa de Becas en Ciencia y Tecnología», que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Único, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las «Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo» y las «Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo», respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de marzo de 2011.

Artículo 2: Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° 3066/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1 del presente decreto.

Artículo 3: Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N° 3066/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1 de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

Artículo 4: Desígnase a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO, como «Organismo Ejecutor» del «Programa de Becas en Ciencia y Tecnología», quedando facultada para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1 de la presente medida.

Artículo 5: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

FERNÁNDEZ DE KIRCHNER – JORGE M. CAPITANICH – AXEL KICILLOF.

Nota: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gov.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

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